5 años del hundimiento del Ara San Juan: cómo siguen las causas en la justicia

Pais 15 de noviembre de 2022 Redaccion RMM Redaccion RMM

El 15 de noviembre a las 7:30 se conoció la última posición del submarino ARA San Juan: a 505 kilómetros de la costa argentina y a 907 metros de profundidad, en línea perpendicular con la costa de la localidad de Caleta Olivia, Santa Cruz. 44 tripulantes zarparon dos días antes desde Ushuaia hacia Mar del Plata, con el objetivo de realizar tareas de control en la zona económica por la presencia de pesca ilegal en los alrededores.

Cinco años después los familiares de los submarinistas mantienen vivo el reclamo de justicia. «Los chicos estaban defendiendo la soberanía. Y al perder la vida en un acto de defensa de la patria nos parece justo que el 15 de noviembre sea recordado como feriado nacional», dice a Ámbito Carlos Rodríguez, hermano del maquinista Hernán Rodríguez.

El ministro de Defensa nacional, Jorge Taiana, encabezará la ceremonia y homenaje por el quinto aniversario desde las 18 en la Base Naval de Mar del Plata. La actividad contará con la participación de Julio Guardia, jefe de la Armada, y acudirán casi 200 familiares que llegarán desde Buenos Aires, Salta, Tierra del Fuego, Santa Fe, Jujuy, Córdoba y Misiones.

ARA San Juan: estado de la causa del hundimiento
La causa que intenta determinar los motivos del hundimiento del submarino ARA San Juan tiene como procesados, sin prisión preventiva, a Claudio Villamilde, excomandante de la fuerza de submarinos; Luis Enrique López Mazzeo, excomandante de adiestramiento y alistamiento naval; Héctor Alonso, exjefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos; y Hugo Miguel Correa, exjefe de departamento de operaciones, en el marco de los delitos de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público, Omisión de Deberes del Oficio y Estrago Culposo agravado por el resultado de muerte. Además, fueron revocados los procesamientos de Eduardo Malchiodi y Jorge Sulia.

La jueza de Caleta Olivia Marta Yáñez debe investigar, por una orden dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia en 2020, las presuntas responsabilidades de Mauricio Macri, por entonces presidente de la Nación, Oscar Aguad, ex ministro de Defensa y Marcelo Srur, jefe de la Armada Argentina entre 2016 y 2017. Desde principios de 2022 distintos funcionarios macristas y asesores como Darío Nieto y Fernando De Andreis declararon ante la jueza.

Una alta fuente judicial le confirmó a Ámbito que la causa por el hundimiento de la nave avanza en Caleta Olivia aunque los factores del hundimiento todavía no fueron esclarecidos. Uno de los focos de la investigación está puesto en las imágenes obtenidas a partir del rastrillaje a cargo de la empresa Ocean Infinity, la compañía estadounidense de robótica marina que podría ayudar a determinar los factores del hundimiento del Ara San Juan. En otro pedido expreso de la Cámara de Apelaciones, se ordenó analizar las seis horas de videos e imágenes obtenidas por el buque Seabed Constructor, equipado con cinco submarinos robóticos sumergidos a 6.000 metros de profundidad.

Los desperfectos en la búsqueda del esclarecimiento son alarmantes: la propia Armada Argentina, que actuó como encargada de brindar los archivos de Ocean Infinity, perdió parte de las fotografías que se hallaban en los discos y pendrives. El veedor de las imágenes fue el procesado Héctor Alonso, ex jefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarino.

Por ese motivo, la jueza Yáñez ordenó el pasado 15 de septiembre un nuevo peritaje para determinar cómo y qué se borró de los dispositivos durante la cadena de custodia, proceso que aletarga la imputación de los procesados.

En declaraciones con Ámbito, el querellante y padre del tripulante del ARA San Juan Alejandro Tagliapietri, Luis Tagliapietri, muestra su visión sobre el estado de la causa: “Está paralizada. La jueza Yáñez hizo todo mal. Desde hace 3 años que vengo insistiendo con que se conforme una comisión de investigación especial, como la que se hizo para la AMIA, para darle la importancia que la investigación merece”.

En contraposición, la querella a cargo de Valeria Laura Carreras destaca el proceso judicial en Caleta Olivia y habla de un cumplimiento “en perfecto tiempo y espacio”: “La causa tiene un movimiento cada 10 días. Para poder imputar lo único que falta es la pericia, que se ha demorado en su segunda etapa por falta de provisión de insumos adecuados al perito”.

En una crónica judicial que parece presentar varias trabas y distintas opiniones, el perito oficial designado en la causa, Marcelo Torok, envió una nota al Consejo de la Magistratura el pasado 7 de noviembre y dejó registrada la falta de herramientas necesarias para llevar a cabo la investigación. En el documento, el experto detalla minuciosamente los requisitos tecnológicos solicitados para peritar con éxito y aportar al esclarecimiento de los hechos relacionados a la pérdida de imágenes. Hasta la fecha no hubo una respuesta o facilitación del órgano judicial presidido por Horacio Rosatti que acelere el proceso.

¿Cómo se hundió el submarino y quiénes son los responsables? Las familias siguen sin tener esa respuesta y se encuentran a la espera de los avances en Caleta Olivia.

Para el familiar Carlos Rodríguez, cada segundo transcurrido aporta al desconcierto de aquellos que piden justicia: “Queremos que nos saquen a mí y a los familiares todas las dudas. Hay muchos familiares que creen que lo hundieron, que tiraron una bomba cerca y que por eso el submarino se hundió. ¿Cómo les digo yo a ellos que no es así? Si lo que tenemos son puras teorías?”.

Ara San Juan: estado de la causa de espionaje
La causa que refiere al espionaje realizado por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) a los familiares de los 44 miembros del ARA San Juan y los buques ‘El Repunte’ y ‘El Rigel’ también se desarrolla en aguas tumultuosas. Después de que el juez subrogante de Dolores Martín Bava procesara a Mauricio Macri, Gustavo Arribas, Silvia Majdalani – ex director y ex subdirectora de la AFI respectivamente- y a otros ocho funcionarios relacionados con la inteligencia macrista, la Cámara Federal de Apelaciones dictó el sobreseimiento de todos los implicados el pasado 15 de julio.

Para los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, las actividades de inteligencia aplicadas durante las movilizaciones, reuniones y reclamos de los familiares de los submarinistas fueron llevadas a cabo con el objetivo de resguardar la seguridad presidencial y/o interior. «La potencial existencia de un riesgo contra la seguridad del Presidente es un objeto específico de la inteligencia nacional», se asegura en el fallo.

«Es una locura desde el ángulo que lo quieran leer. Que quede firme un fallo de estas características es poner en riesgo nuestro sistema legal y constitucional que garantiza la vida privada de las personas, por eso tengo fe de que Casación lo pueda revertir», advierte el querellante Tagliapietra.

Ahora la causa se encuentra a la espera de una resolución a manos de la Sala II de la Cámara de Casación, órgano que hace tan sólo horas negó la participación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) como Amicus Curiae (amigo del tribunal). La organización no gubernamental buscaba aportar información en relación a la Ley de Inteligencia Nacional y su correcta aplicación.

«Entendemos que es un rechazo arbitrario, injustificado. Que justamente en estos casos en los que se discute los alcances de la inteligencia ilegal y el derecho a la privacidad y a la protesta es cuando más los tribunales tienen que abrir a la participación y la deliberación», asegura a Ámbito Paula Litvachky, directora ejecutiva del CELS.

Ley de Inteligencia Nacional: depende de quién y cómo se la mire
La ley de Inteligencia Nacional y su lectura resulta clave para el juzgamiento de las acciones de espionaje durante el mandato de Mauricio Macri. Según el magistrado Bava, la ley concurre con el delito de abuso de autoridad de funcionario público por la presunta obtención de información y producción de inteligencia ilegal.

Desde el CELS y las querellas advierten la violación del artículo 4 de la ley: ningún organismo de inteligencia tiene la facultad de obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales.

La Cámara Federal Porteña, al igual que los acusados, reconoce el espionaje. Es decir, aceptan la realización y comprobación de las tareas de inteligencia. La diferencia está en la interpretación y valoración jurídica. Mientras que las querellas y el juez Bava señalan una violación de los derechos humanos, Bruglia, Bertuzzi y Llorens aseguran que se utilizó la recolección, clasificación y análisis de información para alertar acerca de “potenciales riesgos que podrían poner en jaque intereses estatales primordiales”.

Sin embargo, Litvachky advierte que en toda la causa no hay ninguna información ni justificación que dé cuenta de cuál era la hipótesis o evaluación de riesgo necesaria para realizar una intervención como la implementada con los familiares del ARA San Juan. «En el fallo dicen que la AFI hace una avanzada ante cada viaje presidencial, pero eso no se hace para cualquier cosa. La avanzada de la AFI sólo cuida físicamente de la autoridad presidencial en la medida que haya otros riesgos», agrega.

La Acordada 17/2019 determinada hace 3 años por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ante distintas denuncias por inteligencia ilegal puede funcionar en este caso como una referencia para la querella: en ese entonces, el máximo tribunal aseguró que el orden constitucional «no prevé un Estado omnipresente destinado a controlar a una sociedad en la que sus habitantes se encuentren bajo un generalizado estado de sospecha». En otras palabras, no es correcto sospechar previamente sobre cualquier integrante de una nación.

«Lo que hace la Corte ahí es definir algunos límites jurídicos de intervención que no afecten el derecho a la privacidad de las personas. Son los parámetros de cuándo se puede hacer inteligencia, en el caso de que estén en juego derechos constitucionales. Lo importante de esta acordada es el mandato que le da a los jueces», concluye la directora del CELS.

Fuente: Ámbito

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