Un cacique mbya guaraní seguirá detenido en la Unidad Penal VII de Puerto Rico, acusado de abusar sexualmente de una niña de 13 años

General 29 de julio de 2021 Redacción RMM Redacción RMM

Un habeas corpus presentado ante el Juzgado de Menores de Puerto Rico fue analizado por las autoridades de la comunidad mbya guaraní, quienes reconocieron al detenido como miembro pero remarcaron que ante la proximidad del juicio oral, y al no poder garantizarle arraigo en ninguna aldea, continúe en la UP-VII.

La resolución la tomó el juez Correccional y de Menores de Puerto Rico, Osvaldo Rubén Lunge hace pocas horas tras rechazar el planteo de habeas corpus presentado el 30 de junio por asesores legales del Equipo Misiones Pastoral Aborigen (EMIPA).

El encartado tiene 44 años y fue aprehendido por orden del juez de Instrucción 3 de San Vicente, Gerardo Casco, tras las denuncias en la Comisaría de la Mujer de que una niña que convivía en la comunidad mencionada fue abusada en reiteradas ocasiones por el sospechoso.

Desde el 30 de agosto de 2019 el acusado permanece alojado en la UP-VII del Servicio Penitenciario Provincial y, de acuerdo a fuentes consultadas, no registra sanciones disciplinarias y su conducta en general es calificada como buena.

El juez Lunge se declaró competente para entender en el planteo de habeas corpus y el 1 de julio pasado entrevistó o mantuvo audiencia de visu con el detenido quien argumentó su solicitud:

 “Primero quería saber por qué estoy encerrado. Hace más de dos años y cinco meses que me privaron de libertad, fui detenido el 14 de enero de 2019. Yo pertenezco a la aldea Okarapegua de San Vicente, yo soy el cacique primero (…) Ya pasó mucho tiempo y no tengo respuestas, desconozco si hay pruebas en la causa para mi detención, en que estado está, ya que no se quien es mi defensora, no tuve contacto con ella hasta la fecha. Lo único que sé es que me acusaron de un abuso. Me siento agraviado porque me parece injusto mi encierro, no recibí nunca visitas (…) Mi relación con los internos es tranquila al igual que el personal (SPP) no tengo ninguna queja siempre me tratan bien”.

Inclusión y perspectiva

Las diligencias siguientes del juez Lunge comprendieron el pedido de registro del expediente del acusado por “abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia y reiterado” además de la imputación por “amenazas”, todos en concurso real. La causa fue elevada a juicio hace poco más de un año, el 24 de junio de 2020.

Pero también el magistrado mantuvo una audiencia con un cacique de la comunidad Tacuapi en el que se convino celebrar un “aty guazú” de comunidades del pueblo mbya guaraní para tratar la situación y determinar si el detenido pertenece a la comunidad mbya y si recupera la libertad cuales serán la medias para cumplir arraigo y no profugarse.

La reunión se concretó el miércoles 14 de julio en la aldea Tacuapi, con la participación del juez Lunge y la moderación a cargo del cacique de esta comunidad, Hilario Acosta.

El aty guazú contó con una traductora presente de manera voluntaria, ya que el Poder Judicial de Misiones no contaría con expertos en traducción del guaraní en su plantilla de personal.

Tres ejes

Funcionarios judiciales y autoridades de las comunidades mbya guaraní analizaron tres puntos: si el acusado es reconocido por la comunidad mbya guaraní como integrante, si de serlo y en caso de recuperar su libertad podrá ser contenido en este ámbito con medidas suficientes para evitar su fuga ante la proximidad del juicio oral y si de algún modo es posible asegurar la integridad física de la presunta víctima.

La respuesta de los líderes guaraníes llegó escrita en un acta al juez: “Los miembros integrantes de la organización tradicional Aty Ñeychyro (…) reconocemos que (el acusado) es mbya pero no creemos conveniente que cumpla su prisión domiciliaria en ninguna de nuestras comunidades (…) debido a que en este caso particular, el hermano no creció en un entorno comunitario, ya que fue adoptado por una familia no mbya desde muy pequeño, por lo tanto no recibió la educación desde nuestra cosmovisión. Las supuestas víctimas tampoco viven en una comunidad, por tal motivo no tenemos la posibilidad de contenerlas. Consideramos también que el hermano en cuestión, cuenta con otros apoyos y asesoramiento externos que no son guaraníes, no lo sentimos indefenso”.

Preocupación

Los caciques además remarcaron: “Nos preocupa enormemente la situación de las mujeres que fueron víctimas de todo tipo de violencias y abusos ” y exhortaron al magistrado: “Pedimos que usted intermedie para que se nos traiga al hermano (acusado) hasta la comunidad de Tacuapi, donde estarán convocados los ancianos, ancianas, guías espirituales, los mburuvicha para que este tome dimensión de la importancia de nuestro sistema de justicia y los valores dentro de nuestras pautas culturales. Que experimente el y todos los presentes que el modo en que ejerce la justicia en nuestra cultura comprende, no solo lo punitivo, sino también busca recuperar la dignidad y la capacidad de toda persona de enmendar sus errores y reencausar su vida plena dentro de la vida comunitaria”.

“Creemos que estamos inaugurando un tiempo nuevo de diálogo intercultural a partir de los dos sistemas de justicia y que mas allá de los resultados del juicio oral resultará un precedente muy importante para avanzar en la convivencia armónica con la sociedad no indígena. Y por sobre todo, comenzar a gozar de los derechos que nos fueron reconocidos”.

Los caciques determinaron que el acusado debería esperar el juicio detenido y valoraron el reconocimiento con participación de las comunidades en la decisión judicial.

Finalmente el habeas corpus fue rechazado y fundamentado por el juez de Puerto Rico en que no se avizora violación a los ejes centrales para concederlo, como el agravamiento ilegítimo de la forma y condiciones en que se cumple la prisión preventiva: “No se advierte que el imputado haya sufrido alguna agravación ilegítima de la forma y condiciones en que se desarrolla su privación de libertad (…) La ley 24.390 y su modificatoria ley 25.430 dispone un plazo de dos años de prisión preventiva pudiendo ser prorrogado por un año más”.

“El encartado se encuentra privado de su libertad, de acuerdo a lo manifestado por el mismo, desde el 22 de enero de 2019, es decir, poco más de dos años, restándole todavía a la justicia considerar la posibilidad de la prórroga referida”. (Primera Edición)

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