“Sin el INYM, los pequeños productores no tienen forma de negociar en un plano de igualdad”

Provinciales 29 de mayo de 2024 Redaccion RMM Redaccion RMM

Así lo manifestó el titular del Juzgado Civil y Comercial 5 de Posadas, Fernando Escalante. Brindó todos los detalles de este fallo temporal que aplica a todo el territorio nacional, los motivos de la decisión, el impacto en el sector yerbatero y lo que sigue en la causa principal.

 Por Jóse González
En un episodio histórico para la industria yerbatera argentina, el juez Fernando Escalante falló a favor del reclamo de los productores yerbateros de todo el país. La medida temporal devolvió las facultades del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), el cual un decreto del presidente de la Nación, Javier Milei, había removido. También suspendió temporalmente la importación de yerba mate molida, a granel y de materia prima (hoja verde y yerba canchada) proveniente de países como Paraguay y Brasil.

El juez dio a conocer todas las repercusiones del sector

El titular del Juzgado Civil y Comercial 5 de Posadas accedió a una entrevista exclusiva con canal12misiones.com para brindar todos los detalles de este fallo, los motivos de la decisión, el impacto en el sector yerbatero argentino y lo que sigue en la causa principal.

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¿Cuál resultó ser el dictamen temporal del fallo en todo el territorio argentino?

Este fallo, si bien no es un fallo final, es una acción de amparo que se interpuso por la Unión de Agricultores de Misiones (UDAM).

De esta manera, el fallo es una medida cautelar que tiene dos efectos:

a) Mientras se tramita el amparo, se suspenden temporalmente los efectos del decreto 70/2023. Éste limitaba, excluía o eliminaba las facultades que tenía el INYM para el control de la actividad yerbatera.

b) Se suspende la importación de yerba mate molida, a granel y de materia prima (hoja verde y yerba canchada).

 

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¿Qué motivó su decisión al dictar estas medidas?

Para dictar esta medida tuve en cuenta dos cuestiones:

a) La situación de vulnerabilidad de los pequeños productores, quienes se ven en una situación de desventaja frente a la importación de yerba mate de otros países como Paraguay y Brasil. Los costes en dichos sectores son mucho más bajos, por ende, perjudica en gran medida a la actividad yerbatera local. En el caso de Misiones, hay pequeños productores que se ven afectados por este accionar. La idea es proteger a este vulnerable.

b) El ingreso de la yerba mate importada. La importación no cumple con los requisitos de calidad. Con respecto a la hoja verde y la yerba canchada había un triple control: primero lo hacía la ADUANA para controlar importación, luego el SENASA y finalmente el control de calidad lo hacía el INYM para determinar si la yerba tenía contenidos de metales pesados o tolerancias específicas. Y cuando se trata de yerba molida, el control lo hacía primero la Aduana, luego la ANMAT y finalmente el INYM.

Tras la eliminación de las facultades del INYM, ya no se realizaban estos requisitos rigurosos de control de calidad. Con el DNU solo tenían el control de Senasa, una administración aleatoria de los contenedores importados. Por lo que no realizaban controles específicos sobre todos los contenedores de yerba mate.

Ahora, nuevamente, se tiene presente el control de calidad respecto de la materia prima de yerba mate para proteger la salud de toda la población argentina.

 

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El libre mercado. ¿Se puede aplicar este esquema en el sector yerbatero sin regulaciones de por medio?
La idea de este nuevo Gobierno es desregular la economía. Ahora bien, la actividad yerbatera tuvo una época buena y una mala. Recordemos la época de los 90′ donde el mercado no estaba regulado y, por ende, llevó a la ruina a los pequeños productores. 

Hay que tener en cuenta la multiplicidad de pequeños productores que hay específicamente en Misiones, donde la gran mayoría tiene 50 hectáreas como mucho. Entonces, ¿quién establece los precios si no está regulado? El sector industrial, quien comprará la materia prima para producir el producto.

En este caso, al ser pequeños productores, no tienen posibilidades de negociar en un plano de igualdad. Por eso se creó el INYM oportunamente, para establecer un régimen de diálogo y lograr un precio justo para proteger tanto a los productores como al sector industrial.

El estudio de riesgo del INYM demuestra que la yerba de Brasil y Paraguay contiene altos niveles de metales pesados que superan los límites internacionales para la exportación. ¿Cuál es el impacto de este estudio en el caso y cuáles son las consecuencias?
Antes de determinar la medida cautelar, relevamos cuál era la materia prima o calidad que debe tener en Argentina y otros países. Tras evaluar esto, consideramos que había una verosimilitud en el reclamo a los fines de dictar esta medida.

Los requisitos en Argentina son más rigurosos y el INYM era el encargado de realizar este control.

 

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¿Qué sigue a continuación respecto de este fallo temporal?

Es una suspensión temporal que está sujeta a lo que pasa en la causa principal. En este caso, tienen que tramitar la acción de amparo y determinar si ese decreto es o no constitucional.

Puedo adelantar que el resultado final dependerá de esto. La acción de amparo debería tramitarse rápidamente. Posteriormente, se solicita un informe al Estado. Luego, el Estado emite un informe de qué llevó al dictado y cuáles son las consecuencias. En base a ello, el juez controlará la legalidad o constitucionalidad de ese decreto.

¿Qué medidas específicas se ordenaron para garantizar el cumplimiento del fallo temporal?

El dictado de una medida cautelar implica la obediencia por parte de los organismos del Estado. Por ello, se ordenó la notificación al Estado nacional y organismos dependientes. A los fines de no distender esto en el tiempo, teniendo en cuenta que hay un peligro en la demora, también se ordenó la notificación específica a la ADUANA, SENASA y ANMAT para suspender de forma inmediata las importaciones de los productos que no cumplan con estas características.

Espero que el Estado nacional acate la orden con rapidez a los fines de proteger a la ciudadanía argentina.

© Foto de porotada por Sixto Fariña.

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