La Cámara baja no logró el quórum necesario para el debate de la ley. El vocero presidencial, Manuel Adorni, confirmó que el Gobierno impulsará el nuevo proyecto de Ficha Limpia con el asesoramiento del abogado Alejandro Fargosi.
El vocero presidencial, Manuel Adorni, confirmó este viernes que el Gobierno impulsará un nuevo proyecto de Ficha Limpia. La ley de “Ficha Limpia” pretende busca impedir a personas con condenas en segunda instancia por delitos de corrupción postularse a cargos electivos nacionales.
“Efectivamente la diputada (Silvia) Lospenatto le escribió a (Javier) Milei refiriéndose a lo triste que se sentía con que el proyecto no haya avanzado y el Presidente se comprometió con ella a impulsar un nuevo proyecto de Ficha Limpia”, aseguró el funcionario en su tradicional conferencia de prensa en Casa Rosada.
“Quien va a estar a cargo de asesorar al Presidente para terminar de pulir el nuevo proyecto va a ser el doctor Alejandro Fargosi“, detalló Adorni. El letrado se desempeñó como Consejero de la Magistratura de la Nación entre 2010 y 2014 y hoy pertenece al espacio de Juntos por el Cambio.
Qué propone el proyecto de ley de Ficha Limpia
El dictamen de mayoría propone una incorporación de un inciso en un artículo de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos.
En la versión actual, la norma enumera una serie de características que impiden ser candidato en elecciones primarias o generales y ejercer cargos partidarios: los excluidos del padrón, el personal superior y subalterno de las fuerzas armadas y de seguridad, los magistrados, los directivos de compañías concesionarias de servicios públicos y las personas con procesamiento o condena por crímenes de lesa humanidad.
En este artículo, el 33, la propuesta con dictamen de mayoría, presentada por la diputada del PRO, Silvia Lospennato, y en pedido conjunto con diputados del PRO, La Libertad Avanza (LLA), la Unión Cívica Radical (UCR) y la Coalición Cívica (CC), agrega que tampoco podrán ser candidatos los condenados por una serie de delitos, y para esto no es necesaria una condena firme, sino “ cuando resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior”, que en el caso de la Justicia federal, es la Cámara Federal de Casación Penal.
El agregado aplica a los delitos contra la administración pública: cohecho y tráfico de influencias; negociaciones incompatibles con la función pública; malversación de caudales públicos; exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito; encubrimiento; fraude en perjuicio de la administración pública y “Todos los delitos que sean incorporados al Código Penal de la Nación o por leyes especiales, en virtud del cumplimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción”.