Montecarlo | El Concejo Deliberante aprobó nuevo cuadro tarifario del servicio de remises y taxis

Provinciales01 de septiembre de 2023Redaccion RMMRedaccion RMM

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ORDENANZA XVI - No 28

Artículo 1.- Se establece la tarifa máxima del servicio de remises y/o taxis de la localidad de Montecarlo, cuyos valores entrarán en vigencia a partir del día 1 de septiembre 2023 y estarán detallados en el Anexo Único de la presente ordenanza.-

Artículo 2.- Se dispone que cada unidad afectada a la prestación del servicio de remises y/o taxis, debe cumplimentar los requisitos establecido por el artículo 86 de la Ordenanza XVI N° 1 (Antes Ordenanza 48/09) y el artículo 105 de la Ordenanza XVI N° 1 (Antes Ordenanza N° 74/08).-

Artículo 3.- Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), a través del Departamento de Transito, a realizar el control del efectivo cumplimiento de los dispuesto en la presente ordenanza.-

Artículo 4.- En caso de incumplimiento por parte de las empresas prestadoras del servicio de remises y/o taxis, el organismo de aplicación debe imponer las siguientes multas:

a) Primera infracción: 50 unidades fijas;

b) Segunda infracción: 100 unidades fijas;

c) Tercera y subsiguientes infracciones: duplicar el valor de la última multa.-
Artículo 5.- Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal.-


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