

El Ministerio de Salud Pública recuerda que el artículo 4 de la Ley Provincial XVII N.º 63, modificación Decreto Provincial 269/19 indica:
El certificado de apto físico (médico y odontológico), se debe presentar en el mes del cumpleaños del alumno, tanto en nivel inicial, primaria y secundaria.
La NO presentación del certificado al inicio escolar no debe condicionar al estudiante el cursado del nivel educativo que corresponde.
El certificado tiene un (1) año de validez.
Los exámenes complementarios (como electrocardiogramas, rayos X u otros) serán adjuntados, a dicha documentación, únicamente en aquellos casos en que el médico actuante ha considerado necesario realizarlo.
El objetivo es evitar la concurrencia masiva a los centros de salud y hospitales, provocando agotamiento de turnos y largas esperas, además de impedir que se vuelva un trámite administrativo y no garantice el chequeo del chico debidamente.


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