

A través de una nueva resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), dispuso una serie de cambios en la manera en que se informan las compras realizadas con tarjetas de crédito y débito en el exterior.
Específicamente, la Resolución General 5662/2025 que emitió el organismo cambia el procedimiento vigente para las entidades administradoras de tarjetas, exigiendo información más detallada sobre las transacciones internacionales.
La norma, que regirá a partir del mes de julio, dispone una serie de requisitos adicionales para garantizar la correcta fiscalización y control por parte del organismo.
Así, la ARCA busca con esta resolución agilizar los procesos de información y fortalecer el control aduanero. El objetivo es evitar posibles evasiones fiscales por parte de aquellos usuarios que realizan compras fuera del país y, a su vez, optimizar la recolección de datos para el control del mercado cambiario.
Los cambios que dispuso
La resolución conocida hoy modifica a la 3421 del organismo, que regulaba las obligaciones de las entidades emisoras de tarjetas en cuanto a la información y aumenta el nivel de detalle de la información que las entidades deberán reportar.
Ahora, las entidades administradoras de tarjetas de crédito, de compra y débito deberán informar:
- El número de tarjeta.
- La marca de la misma.
- La fecha de la operación.
- El país en el que se realizó la compra.
- El nombre del comercio y el monto de la operación en moneda extranjera y en pesos.
- El código de rubro del comercio.
- El número de identificación del mismo.
Además, el inciso 4 del artículo 1 de la RG establece que, como nota aclaratoria, se deberá suministrar el código de rubro de los comercios internacionales en los que se realicen las compras. Este código está previsto en el Merchant Category Code (MCC), utilizado por las entidades administradoras de tarjetas, basado en los sistemas de clasificación de la Organización Internacional de Normalización (ISO) y el Clasificador Industrial Estándar (SIC).
Este cambio busca mejorar la precisión en el seguimiento de las compras realizadas en el extranjero, asegurando que las transacciones se clasifiquen correctamente según el tipo de bien o servicio adquirido.
Otra de las modificaciones clave es la inclusión de los titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de tarjetas, quienes también deberán ser informados, algo que anteriormente no formaba parte del régimen.
Este nuevo nivel de información puede ayudar a las autoridades a entender mejor el comportamiento de consumo de los usuarios y a identificar posibles desviaciones del marco legal o fiscal. Además, proporciona un mecanismo más preciso para las futuras auditorías.
Otra de las modificaciones clave es la inclusión de los titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de tarjetas, quienes también deberán ser informados, algo que anteriormente no formaba parte del régimen informático.
Fuente: Cronista


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